miércoles, 30 de abril de 2014

Traductores oficiales e Intérpretes jurados,
¿existe alguna diferencia?

7.4.14

No existe diferencia entre traductores oficiales o traductores jurados y los intérpretes jurados. En concreto, la denominación que emplea el MAEC para designar a estos profesionales de la traducción jurada y de la interpretación jurada es el de: intérpretes jurados.
 
Sin embargo, las empresas especificas del sector como la agencia de traducción Enai afirman que los clientes solicitan habitualmente traductores jurados o traductores oficiales, sin hacer ninguna diferencia según el trabajo que estén solicitando. Para ellos, la traducción y la interpretación es lo mismo.
 
Siguiendo con la terminología más arraigada, los traductores oficiales o traductores jurados, están legitimados para realizar tanto traducciones juradas como interpretaciones juradas.

Distinto es que algunos traductores oficiales o traductores jurados se nieguen a realizar interpretaciones juradas por comodidad, por falta de seguridad o porque no se sienten capacitados para enfrentarse a un público (aunque se trate de interpretación de enlace).
 
La diferencia entre traducción e interpretación es que la primera se realiza de manera escrita. Si es jurada, la traducción se deberá entregar en papel firmado y sellado por el traductor jurado o traductor oficial correspondiente.
 
La interpretación es la “traducción verbal”. Si es interpretación jurada, el traductor oficial o traductor jurado acude al lugar indicado (Notaría, tribunal…) y al finalizar su trabajo de interpretación, firma y sella su participación.


FUENTE:
http://blogs.laverdad.es/blogdelaura/2014/04/07/traductores-oficiales-e-interpretes-jurado-existe-alguna-diferencia/

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